Guía práctica · Tráfico

Contrato de compraventa de vehículo: qué incluir y trámites

Las cláusulas que no pueden faltar en el contrato de compraventa de un coche o una moto, las comprobaciones antes de firmar, la notificación a Tráfico en diez días, el cambio de titularidad en treinta, el impuesto de transmisiones y la garantía.

Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Redacción de Juridísimo

Vender o comprar un coche de segunda mano entre particulares es habitual, pero un contrato mal hecho o un cambio de nombre que no se tramita pueden traer multas, impuestos o reclamaciones. Esta guía explica qué debe incluir el contrato de compraventa de un vehículo y qué trámites hay que hacer después.

Qué debe incluir el contrato

  1. Datos de las partes: nombre, DNI o NIE y domicilio de vendedor y comprador.
  2. Datos del vehículo: marca, modelo, matrícula, número de bastidor y kilómetros.
  3. Precio y forma de pago. Mejor por transferencia, para que quede rastro.
  4. Fecha y hora de la entrega: a partir de ese momento, las multas y responsabilidades son del comprador.
  5. Estado del vehículo: defectos conocidos, si tiene la ITV en vigor y si se entrega con cargas.
  6. Quién paga los gastos de transferencia e impuestos.
  7. Firma de ambos, en dos ejemplares.
Antes de firmar: pide un informe del vehículo a la DGT para comprobar el titular, si tiene embargos, reserva de dominio o precinto, y su historial de ITV. Comprueba también que el vendedor es quien figura como titular.

Trámites y plazos en Tráfico

QuiénQuéPlazo
VendedorNotificar la venta a Tráfico10 días desde la transmisión
CompradorSolicitar el cambio de titularidad y el nuevo permiso de circulación30 días desde la adquisición
Vendedor que entrega el coche a un compraventa profesionalPedir la baja temporal por transmisión10 días desde la entrega

Si el vendedor no notifica la venta, sigue siendo considerado titular a efectos de tráfico, con las multas que eso conlleva, hasta que el comprador inscriba el vehículo a su nombre. Si el comprador no pide el cambio en treinta días, Tráfico ordena la inmovilización del vehículo y abre un expediente sancionador. Lo más seguro es hacer la transferencia juntos el mismo día.

Impuestos

  • Entre particulares, el comprador paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. El tipo general para bienes muebles es del 4 % si la comunidad autónoma no ha aprobado otro.
  • La base no es necesariamente el precio pactado: Hacienda publica tablas de precios medios de vehículos usados.
  • Si compras a un concesionario o compraventa profesional, normalmente no pagas este impuesto porque la operación va con IVA.
  • Para hacer el cambio de titularidad hay que acreditar el pago del impuesto y abonar la tasa de Tráfico.

Garantía y vicios ocultos

VendedorProtección del comprador
ParticularSaneamiento por vicios ocultos: desistir del contrato o rebajar el precio. La acción caduca a los 6 meses de la entrega
ProfesionalGarantía legal de conformidad: 3 años, que en vehículos de segunda mano puede pactarse en un mínimo de 1 año

No hay saneamiento por defectos que estaban a la vista. Si el vendedor conocía el defecto y lo ocultó, además debe indemnizar daños y perjuicios. Lee nuestra guía sobre la garantía de productos.

Preguntas frecuentes

¿Tiene que ser ante notario?

No. Basta un documento privado firmado por ambas partes. Tráfico ofrece en su web un modelo de contrato que se puede usar.

¿Puedo circular con el coche recién comprado?

Necesitas el permiso de circulación a tu nombre y un seguro en vigor. Lo habitual es contratar el seguro antes de recoger el coche. Lee nuestra guía sobre conducir sin seguro.

¿Puedo dar una señal antes de la venta?

Sí. Conviene dejar claro por escrito qué tipo de señal es. Lee nuestra guía sobre el contrato de arras.

¿Y si me llegan multas tras vender el coche?

Si notificaste la venta, presenta alegaciones con el contrato y el justificante de Tráfico, identificando al comprador como conductor.

Normativa y fuentes oficiales

Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.

Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.