Pagar y consultar multas de la DGT: descuento del 50 %, TESTRA y DEV
Cómo saber quién te ha multado, dónde consultar tus multas pendientes, cómo se notifican por la Dirección Electrónica Vial, en casa, en el TESTRA o en el BOE, el plazo de 20 días para pagar con descuento, qué implica pagar, los canales de pago, qué pasa si no pagas y cómo pedir la devolución de un pago erróneo.
Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Redacción de Juridísimo
Te ha llegado una multa de tráfico o sospechas que tienes alguna pendiente. Lo primero es saber quién te ha multado, porque la DGT solo cobra sus propias multas. Después, tienes 20 días para decidir si pagas con descuento o recurres. Esta guía explica cómo consultar y pagar.
¿Quién te ha multado?
Puede ser la DGT, una comunidad autónoma con competencias en tráfico o un ayuntamiento. Para pagar, alegar o recurrir hay que dirigirse siempre al organismo que sancionó. Lo indica la propia notificación.
Cómo te notifican y dónde consultar
| Vía | Cómo funciona |
|---|---|
| Dirección Electrónica Vial (DEV) | Buzón electrónico de la DGT. Si no abres la notificación en 10 días naturales, se entiende rechazada y el procedimiento continúa |
| Domicilio | Si no tienes DEV, en el domicilio que indicaste o el que consta en Tráfico. Se intenta dos veces |
| TESTRA | Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, donde pueden publicarse las notificaciones fallidas |
| BOE | Si no se pudo notificar, se publica en el BOE y se considera notificada a los 20 días naturales |
Pagar con descuento
- Tienes 20 días naturales desde el día siguiente a la notificación para pagar con un 50 % de descuento.
- Pagar supone renunciar a las alegaciones, que se tienen por no presentadas, y cerrar el procedimiento. Solo queda el recurso contencioso-administrativo.
- Si la infracción es grave y no quita puntos, pagar con descuento evita que conste como antecedente en el registro de conductores.
- No todas las infracciones admiten el descuento: hay excepciones entre las muy graves.
- Si alegas, pierdes el descuento: si te desestiman, pagarás el 100 %.
Si el vehículo no fue detenido, en ese mismo plazo el titular puede identificar al conductor que cometió la infracción.
Dónde pagar una multa de la DGT
- Internet: en la sede de la DGT, con el número de expediente y la fecha de notificación, con tarjeta o Bizum.
- App miDGT: en «Mis multas», «Pendientes».
- Teléfono 060: con tarjeta, las 24 horas.
- CaixaBank: en sucursales y cajeros, con tarjeta o en efectivo.
- Correos: en efectivo, pagando la tarifa de Correos.
- En carretera, ante la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, con tarjeta y con el descuento.
Cualquier persona puede pagar la multa de otra. La DGT no permite aplazar ni fraccionar las multas.
Si no pagas
Pasados los 20 días, solo puedes pagar el importe completo. Cuando la sanción es firme, tienes 15 días naturales más para pagar. Después empieza el procedimiento de apremio: la DGT indica que lo cobra la Agencia Tributaria con un recargo del 20 %, que puede ser del 5 % o del 10 % si pagas antes de ciertos plazos del apremio.
Preguntas frecuentes
¿Y si me cobraron dos veces o pagué un importe erróneo?
El mismo día puedes anular el pago en la aplicación de la DGT. Después, tienes que pedir la devolución.
¿Puedo recurrir en vez de pagar?
Sí, en esos 20 días puedes alegar, pero pierdes el descuento. Lee nuestra guía sobre cómo recurrir una multa de tráfico.
¿Pagar me quita los puntos igualmente?
Sí. El pago no evita la pérdida de puntos. Lee nuestra guía sobre los puntos del carnet.
¿Y si la multa es de un ayuntamiento?
Se paga y se recurre ante ese ayuntamiento, por los medios que indique en la notificación.
Normativa y fuentes oficiales
Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.
Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.