Guía práctica · Justicia y trámites

Responsabilidad patrimonial de la Administración: cómo reclamar

Cuándo responde la Administración por los daños que causa su funcionamiento, normal o anormal: requisitos del daño, plazo de prescripción, qué incluir en la reclamación, cómo se valora la indemnización y qué hacer si no contestan.

Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Redacción de Juridísimo

Una caída por una baldosa rota en la acera, un bache que te destroza la rueda, un error en un hospital público o una rama de un árbol municipal que cae sobre tu coche. Cuando un servicio público te causa un daño que no tienes por qué soportar, puedes reclamar una indemnización a la Administración responsable. Esta guía explica cómo.

Requisitos

  1. Un daño real: efectivo, evaluable económicamente e individualizado en ti o en un grupo concreto de personas.
  2. Relación de causa entre el funcionamiento del servicio público y el daño. Responde tanto si el servicio funcionó mal como si funcionó con normalidad.
  3. Que no tengas el deber jurídico de soportarlo.
  4. Que no se deba a fuerza mayor.
Riesgos que no se podían prever: no son indemnizables los daños derivados de hechos que no se podían prever o evitar según el estado de la ciencia o la técnica en ese momento. Es frecuente en reclamaciones sanitarias.

Plazo para reclamar

  • Un año desde el hecho que causó el daño o desde que se manifestó su efecto lesivo.
  • En daños físicos o psíquicos, el año se cuenta desde la curación o desde que se determinó el alcance de las secuelas.

Pasado ese plazo, la reclamación prescribe. Si el caso puede ser también penal, consulta cómo afecta el proceso penal al plazo antes de dejarlo pasar.

Cómo se reclama

  1. Identifica la Administración responsable: el ayuntamiento por las aceras y el arbolado municipal, la comunidad autónoma por la sanidad pública, el Estado o quien sea titular de una carretera.
  2. Presenta la reclamación en su registro o sede electrónica indicando las lesiones, la relación con el servicio público, la valoración económica si es posible y el momento en que se produjo.
  3. Aporta pruebas: fotos del lugar, testigos, atestado o parte policial, informes médicos, facturas y presupuestos.
  4. La Administración pedirá informe al servicio implicado y te dará audiencia antes de resolver.

Cuánto te pueden pagar

  • Los daños materiales se valoran según el mercado y las normas aplicables.
  • En muerte o lesiones, se puede tomar como referencia el baremo de tráfico o de la Seguridad Social. Lee nuestra guía sobre la indemnización por accidente de tráfico.
  • La cantidad se calcula al día en que se produjo el daño y se actualiza hasta que se resuelve, con intereses de demora si la Administración tarda en pagar.

Plazos de resolución y recurso

TrámitePlazo
Resolver6 meses; si no, desestimada por silencio negativo
Dictamen del órgano consultivoObligatorio si reclamas 50.000 € o más, o la cuantía que fije tu comunidad
RecursoLa resolución pone fin a la vía administrativa: cabe reposición potestativa o contencioso-administrativo

Cómo reunir pruebas

  1. Haz fotos del lugar y del daño, con fecha.
  2. Recoge datos de testigos.
  3. Guarda facturas, presupuestos y partes médicos.
  4. Pide el atestado o el parte de la policía si interviene.
  5. Conserva el justificante de presentación de la reclamación.
Importante: el plazo es de un año. Lee nuestras guías sobre el silencio administrativo y el recurso de reposición.

Errores frecuentes

  1. Reclamar a la Administración equivocada.
  2. Dejar pasar el plazo.
  3. No documentar el daño ni su causa.
  4. Reclamar sin valorar el daño. Lee nuestra guía sobre la indemnización por accidente de tráfico.

Preguntas frecuentes

¿Puedo demandar directamente al médico o al funcionario?

No. Se reclama a la Administración, que después puede repetir contra su personal si actuó con dolo, culpa o negligencia graves.

¿Me indemnizan siempre que me caiga en la calle?

No. Los tribunales valoran si el desperfecto era relevante y si tu propia falta de atención influyó, lo que puede reducir o excluir la indemnización.

¿Necesito abogado?

No para la reclamación administrativa. Si tienes que ir al contencioso, normalmente sí.

¿Y si me agredió un agente?

Además de la vía patrimonial puede haber un proceso penal. Lee nuestra guía sobre el delito de lesiones.

¿Qué pasa si no me contestan?

Pasado el plazo, la solicitud puede entenderse desestimada, según las reglas del silencio. Consulta con un abogado los pasos siguientes.

¿Puedo reclamar daños por un servicio concertado?

Depende de quién prestaba el servicio y del contrato. Pregunta a un abogado en tu caso.

Normativa y fuentes oficiales

Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.

Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.