Contrato temporal: tipos, duración máxima e indemnización
Por qué el contrato de trabajo se presume indefinido, las dos únicas causas de contratación temporal, la duración máxima y las prórrogas, el contrato para situaciones previsibles de 90 días al año, la indemnización al terminar, el preaviso y los casos en que el trabajador adquiere la condición de fijo.
Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Redacción de Juridísimo
Desde la reforma laboral de 2021, el contrato temporal es la excepción. La ley presume que todo contrato es indefinido y solo permite el temporal por dos causas concretas, que deben explicarse con precisión en el propio contrato. Esta guía explica cuáles son, cuánto pueden durar y qué cobras al terminar.
Los dos contratos temporales
| Contrato | Para qué | Duración máxima |
|---|---|---|
| Circunstancias de la producción, imprevisibles | Aumentos ocasionales e imprevisibles de actividad y oscilaciones, incluidas las vacaciones de la plantilla | 6 meses, ampliable a 1 año por convenio sectorial |
| Circunstancias de la producción, previsibles | Situaciones ocasionales, previsibles y de duración reducida, como campañas | 90 días al año por empresa, no continuados; 120 en el sector agrario |
| Sustitución | Cubrir a un trabajador con reserva de puesto, completar una jornada reducida o cubrir un puesto durante un proceso de selección | Lo que dure la ausencia; 3 meses en el proceso de selección |
Prórrogas
- Si el contrato por circunstancias de la producción se firmó por menos del máximo, puede prorrogarse una sola vez por acuerdo, sin superar ese máximo.
- Si llega la fecha sin aviso y sigues trabajando, se entiende prorrogado automáticamente hasta el máximo.
- Si se supera el máximo y sigues trabajando sin aviso, el contrato pasa a ser indefinido, salvo prueba en contrario.
- Si el contrato dura más de un año, quien lo da por terminado debe avisar con 15 días de antelación.
Indemnización al terminar
Al acabar el contrato, cobras 12 días de salario por año trabajado, en proporción al tiempo real. No hay indemnización en el contrato de sustitución ni en los contratos formativos. Además, el finiquito incluye las vacaciones no disfrutadas y la parte de pagas extra pendiente.
Cuándo pasas a ser fijo
- Si te contrataron incumpliendo las reglas del contrato temporal, por ejemplo sin causa real o concreta.
- Si no te dieron de alta en la Seguridad Social una vez pasado el plazo del periodo de prueba.
- Si en 24 meses has estado contratado más de 18 con dos o más contratos por circunstancias de la producción en la misma empresa o grupo, también a través de una ETT.
- El mismo límite se aplica al puesto: si un puesto se cubre más de 18 meses en 24 con estos contratos, quien lo ocupe pasa a fijo.
Cómo revisar tu contrato temporal
- Comprueba que consta la causa concreta y su relación con la duración.
- Mira la fecha de inicio y de fin, y las prórrogas.
- Si es de sustitución, que figure el nombre de la persona sustituida.
- Comprueba que estás dado de alta en la Seguridad Social.
- Al terminar, revisa el finiquito y la indemnización. Lee nuestra guía sobre el finiquito.
Errores frecuentes
- Firmar con una causa genérica.
- No guardar copia del contrato.
- Seguir trabajando tras el fin del contrato sin dejar constancia.
- Confundir temporal con fijo discontinuo. Lee nuestras guías sobre el contrato indefinido y el contrato fijo discontinuo.
Preguntas frecuentes
¿Siguen existiendo el contrato por obra y servicio y el eventual?
El de obra y servicio desapareció con la reforma. El antiguo eventual se corresponde ahora con el contrato por circunstancias de la producción.
¿Tengo los mismos derechos que un fijo?
Sí, salvo las particularidades de cada contrato en cuanto a su extinción.
¿Y si el trabajo es de temporada todos los años?
Lo adecuado suele ser un contrato fijo discontinuo.
¿Puedo reclamar si creo que mi contrato temporal es un fraude?
Sí. Si te despiden al terminar un contrato en fraude de ley, puedes impugnarlo como despido. Lee qué hacer en nuestra guía si te despiden.
¿Qué pasa si se supera la duración máxima?
La guía indica que el contrato pasa a ser indefinido si sigues trabajando, salvo prueba en contrario. Consulta tu caso concreto.
¿Hay contratos distintos para formación?
Sí, con reglas propias. Lee nuestra guía sobre el contrato formativo.
Normativa y fuentes oficiales
Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.
Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.