Guía práctica · Justicia y trámites

Delito de daños: penas, cuantía y cuándo es delito leve

La diferencia entre el delito leve y el delito de daños según la cuantía, los supuestos agravados con prisión, los daños informáticos, los causados por imprudencia, la excusa entre familiares y cómo reclamar la reparación.

Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Redacción de Juridísimo

Rayar un coche, romper un escaparate o destrozar el mobiliario de una vivienda alquilada puede ser delito de daños. El Código Penal castiga a quien deteriora o destruye bienes ajenos, con penas que dependen sobre todo del valor del daño y de cómo se causó. Esta guía explica las diferencias.

Penas según el tipo de daño

DañoPena
Hasta 400 eurosDelito leve: multa de 1 a 3 meses
Más de 400 eurosMulta de 6 a 24 meses, según la cuantía y la situación económica de la víctima
Agravados: bienes públicos, sustancias venenosas o corrosivas, contra autoridades o testigos, que arruinan a la víctima o de especial gravedadPrisión de 1 a 3 años y multa de 12 a 24 meses
Por incendio, explosión o poniendo en peligro a personasPrisión de 1 a 3 años, o de 3 a 5 si además concurre un agravante
Informáticos graves: borrar o inutilizar datos o programas ajenosPrisión de 6 meses a 3 años
Por imprudencia grave de más de 80.000 eurosMulta de 3 a 9 meses, solo con denuncia
Daños sin intención: si rompes algo por un descuido, no hay delito salvo imprudencia grave con daños de más de 80.000 euros. Pero sí debes pagar la reparación por la vía civil, porque quien causa un daño por culpa o negligencia está obligado a repararlo.

Daños entre familiares

Los cónyuges no separados ni en proceso de separación o divorcio, y los ascendientes, descendientes y hermanos, así como los afines en primer grado si conviven, están exentos de responsabilidad penal por los delitos patrimoniales que se causen entre sí. Solo responden civilmente. Esta excepción no se aplica si hay violencia, intimidación o abuso de una víctima vulnerable, ni a los extraños que participen.

Cómo denunciar y reclamar

  1. Haz fotos y conserva vídeos o testigos de los daños y, si es posible, de quién los causó.
  2. Pide un presupuesto o factura de reparación para acreditar la cuantía.
  3. Denuncia en comisaría, Guardia Civil o juzgado de guardia.
  4. En el proceso penal puedes reclamar la indemnización. Si no hay delito, reclama por la vía civil o a tu seguro.

Qué hacer si te han causado daños

  1. Haz fotos y vídeos de los daños antes de repararlos.
  2. Pide presupuestos o facturas de reparación: la cuantía es clave para distinguir el delito leve del delito.
  3. Reúne testigos, grabaciones de cámaras y cualquier mensaje relacionado.
  4. Denuncia ante la policía o el juzgado, aportando las pruebas.
  5. Consulta con un abogado sobre si reclamar por la vía penal o por la civil.
Consejo: si el daño se produjo en una comunidad de vecinos, avisa también al administrador. Lee nuestra guía sobre la comunidad de propietarios.

Errores frecuentes

  1. Reparar sin documentar los daños.
  2. Pensar que cualquier daño es delito: los hechos sin intención suelen ir por la vía civil.
  3. No valorar el coste real, que determina la pena.
  4. Dejar pasar el tiempo sin denunciar.

Preguntas frecuentes

¿Es delito hacer pintadas?

Si causan un daño real que exige limpieza o reparación, puede ser delito de daños según su coste. Si solo deslucen, suele sancionarse por vía administrativa.

¿Y si me rayan el coche en el garaje comunitario?

Denúncialo y comunícalo al seguro. Si la comunidad tiene cámaras, pide que se conserven las grabaciones. Lee nuestra guía sobre la comunidad de propietarios.

¿Y si me roban y rompen la puerta?

Los daños causados para robar se integran normalmente en el delito de robo con fuerza. Lee nuestra guía sobre hurto o robo.

¿Y si el inquilino destroza la vivienda?

Puedes retener la fianza y reclamar el resto. Si los daños son intencionados, también denunciar. Lee nuestra guía sobre la devolución de la fianza.

¿Qué diferencia hay entre vía penal y vía civil?

En la penal se persigue castigar al autor, y en la civil se reclama el pago de los daños. A veces se pueden combinar. Un abogado puede indicarte la opción más adecuada para tu caso.

¿Puedo reclamar si no sé quién lo hizo?

Puedes denunciar contra autor desconocido y aportar pruebas como cámaras o testigos. Si se identifica al autor, podrás reclamar.

Normativa y fuentes oficiales

Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.

Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.