Delito de falsedad documental: tipos de documento y penas
Las formas de falsear un documento, las penas según sea público, oficial, mercantil o privado, la diferencia entre el particular y el funcionario, el uso de documentos falsos en juicio, el DNI falso, los certificados médicos falsos y por qué mentir en el contenido no siempre es falsedad para un particular.
Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Redacción de Juridísimo
Alterar un contrato, falsificar una firma, inventarse una factura o usar un DNI falso son delitos de falsedad documental. La pena depende del tipo de documento y de quién lo falsifica. Esta guía explica las distintas modalidades.
Formas de falsear un documento
- Alterar un documento en algún elemento o requisito esencial, como la fecha, el importe o la firma.
- Simular un documento, total o parcialmente, de forma que induzca a error sobre su autenticidad.
- Suponer en un acto la intervención de personas que no la tuvieron o atribuirles manifestaciones que no hicieron.
- Faltar a la verdad en la narración de los hechos.
Penas
| Caso | Pena |
|---|---|
| Funcionario o autoridad en el ejercicio de sus funciones | Prisión de 3 a 6 años, multa e inhabilitación especial de 2 a 6 años |
| Particular en documento público, oficial o mercantil | Prisión de 6 meses a 3 años y multa |
| Traficar con un documento de identidad falso | Prisión de 6 meses a 3 años y multa |
| Usar a sabiendas un documento de identidad falso | Prisión de 6 meses a 1 año y multa |
| Particular en documento privado, para perjudicar a otro | Prisión de 6 meses a 2 años |
| Presentar en juicio o usar para perjudicar un documento falso hecho por otro | La pena inferior en grado a la del falsificador |
| Médico que expide un certificado falso | Multa de 3 a 12 meses |
| Particular que falsifica o usa una certificación falsa | Multa de 3 a 6 meses |
Tipos de documento
- Públicos: los autorizados por notarios, jueces o funcionarios, como escrituras o sentencias.
- Oficiales: los emitidos por las administraciones, como un DNI, un permiso de conducir o un certificado administrativo.
- Mercantiles: los propios del tráfico comercial, como facturas, letras de cambio o cheques.
- Privados: los demás, como un contrato entre particulares o un recibo. En estos, el delito exige ánimo de perjudicar a otro.
Ejemplos cotidianos y cómo se encajan
Los casos más habituales ayudan a entender la clasificación.
- Cambiar la fecha o el importe de una factura: alteración de un documento mercantil.
- Imitar la firma en un contrato: puede suponer simular la intervención de otra persona.
- Presentar un DNI falso ante una empresa o la policía: falsedad de documento de identidad.
- Usar un certificado falso para justificar una ausencia: depende de quién lo hizo y de qué documento se trate.
Cada caso se juzga con sus circunstancias, así que estos ejemplos son solo orientativos.
Errores frecuentes
- Pensar que solo es delito si se consigue un beneficio.
- Creer que un documento privado nunca puede tener consecuencias penales.
- Pasar a otra persona un documento falso «porque no lo hice yo».
- No consultar con un abogado antes de declarar si te acusan.
Preguntas frecuentes
¿Falsificar una firma es delito?
Sí, si con ello se altera o simula un documento. La pena depende del tipo de documento.
¿Y si la falsificación sirvió para estafar?
Puede castigarse también la estafa. Lee nuestra guía sobre el delito de estafa.
¿Usar un justificante médico falso en el trabajo es delito?
Usar a sabiendas una certificación falsa se castiga con multa de tres a seis meses, además de las consecuencias laborales.
¿Y si alguien usa mis datos para firmar en mi nombre?
Lee nuestra guía sobre la suplantación de identidad.
¿Qué diferencia hay entre falsificar y usar un documento falso?
Falsificar es crearlo o alterarlo. Usarlo, a sabiendas, es una conducta distinta que también puede castigarse, normalmente con una pena inferior. La responsabilidad depende de lo que se pruebe en cada caso.
¿Prescribe el delito?
Los delitos prescriben con el paso del tiempo, y el plazo depende de la pena. La guía no fija un plazo concreto, así que consulta con un abogado cuál se aplica a tu caso.
Normativa y fuentes oficiales
Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.
Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.