Delito de odio: qué es, penas del artículo 510 y cómo denunciar
La diferencia entre el delito de incitación al odio y la agravante de discriminación, las conductas que castiga el artículo 510, las penas y su aumento si se difunde por internet, la denegación de servicios y los pasos para denunciar.
Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Redacción de Juridísimo
Se habla de «delito de odio» para referirse a dos cosas distintas: un delito concreto, el de incitación al odio del artículo 510 del Código Penal, y cualquier delito, como unas lesiones o unas amenazas, cometido por motivos discriminatorios. Esta guía explica ambos, sus penas y cómo denunciar.
Qué motivos protege la ley
El Código Penal protege frente a conductas dirigidas contra un grupo, o contra una persona por pertenecer a él, por motivos:
- Racistas, antisemitas, antigitanos o por la etnia, raza, nación u origen nacional.
- De ideología, religión o creencias, o situación familiar.
- De sexo, orientación o identidad sexual, o por razones de género.
- De aporofobia, que es el rechazo a las personas pobres, enfermedad o discapacidad.
Conductas y penas del artículo 510
| Conducta | Pena |
|---|---|
| Fomentar, promover o incitar públicamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia | Prisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses |
| Producir, distribuir o vender material idóneo para incitar al odio | Prisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses |
| Negar, trivializar gravemente o enaltecer genocidios o crímenes de lesa humanidad contra esos grupos, si favorece un clima de odio | Prisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses |
| Lesionar la dignidad con acciones de humillación, menosprecio o descrédito | Prisión de 6 meses a 2 años y multa de 6 a 12 meses |
| Enaltecer o justificar delitos cometidos contra esos grupos o a sus autores | Prisión de 6 meses a 2 años y multa; de 1 a 4 años si favorece un clima de odio |
En todos los casos se añade la inhabilitación especial para profesiones educativas, docentes, deportivas y de tiempo libre. Las empresas también pueden ser responsables penalmente, con multa de dos a cinco años.
La agravante de discriminación
Si se comete cualquier delito, por ejemplo unas lesiones, unas amenazas o daños, por motivos racistas u otra discriminación, se aplica una circunstancia agravante que eleva la pena. Se aplica aunque la víctima no tenga realmente la condición que el agresor le atribuía: basta con que actuara por ese motivo.
Negar un servicio por discriminación
- El particular encargado de un servicio público que niega una prestación a la que alguien tiene derecho por estos motivos: prisión de 6 meses a 2 años, multa e inhabilitación.
- Quien, en su actividad profesional o empresarial, niega una prestación por estos motivos, como el acceso a un local: inhabilitación de 1 a 4 años.
- La grave discriminación en el empleo que no se corrige tras requerimiento o sanción administrativa también es delito.
Cómo denunciar
- Guarda pruebas: capturas de pantalla con la fecha y la dirección web, mensajes, testigos o grabaciones.
- Si hubo agresión, acude a un centro médico y pide el parte de lesiones.
- Denuncia en comisaría, en el cuartel de la Guardia Civil, en el juzgado de guardia o ante la Fiscalía, e indica expresamente el motivo discriminatorio.
- Si el contenido está en una red social, denúncialo también en la plataforma para pedir su retirada.
Preguntas frecuentes
¿Un insulto racista es delito de odio?
Depende. Un insulto aislado a una persona concreta puede encajar en otros delitos, como las injurias graves, o reclamarse por la vía civil. El artículo 510 exige humillar o incitar contra un grupo o contra alguien por pertenecer a él, y valorar el contexto y la gravedad.
¿Y la libertad de expresión?
Ampara opiniones molestas o críticas. El límite está en incitar al odio, la discriminación o la violencia, o en humillar gravemente a un grupo protegido.
¿Es delito compartir un mensaje de odio?
Difundir material idóneo para incitar al odio está castigado igual que producirlo. Cada caso depende del contenido y de la intención.
¿Y si me han insultado o calumniado sin motivo discriminatorio?
Lee nuestra guía sobre injurias y calumnias.
Normativa y fuentes oficiales
Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.
Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.