Guía práctica · Justicia y trámites

Delito de odio: qué es, penas del artículo 510 y cómo denunciar

La diferencia entre el delito de incitación al odio y la agravante de discriminación, las conductas que castiga el artículo 510, las penas y su aumento si se difunde por internet, la denegación de servicios y los pasos para denunciar.

Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Redacción de Juridísimo

Se habla de «delito de odio» para referirse a dos cosas distintas: un delito concreto, el de incitación al odio del artículo 510 del Código Penal, y cualquier delito, como unas lesiones o unas amenazas, cometido por motivos discriminatorios. Esta guía explica ambos, sus penas y cómo denunciar.

Qué motivos protege la ley

El Código Penal protege frente a conductas dirigidas contra un grupo, o contra una persona por pertenecer a él, por motivos:

  • Racistas, antisemitas, antigitanos o por la etnia, raza, nación u origen nacional.
  • De ideología, religión o creencias, o situación familiar.
  • De sexo, orientación o identidad sexual, o por razones de género.
  • De aporofobia, que es el rechazo a las personas pobres, enfermedad o discapacidad.

Conductas y penas del artículo 510

ConductaPena
Fomentar, promover o incitar públicamente al odio, hostilidad, discriminación o violenciaPrisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses
Producir, distribuir o vender material idóneo para incitar al odioPrisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses
Negar, trivializar gravemente o enaltecer genocidios o crímenes de lesa humanidad contra esos grupos, si favorece un clima de odioPrisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses
Lesionar la dignidad con acciones de humillación, menosprecio o descréditoPrisión de 6 meses a 2 años y multa de 6 a 12 meses
Enaltecer o justificar delitos cometidos contra esos grupos o a sus autoresPrisión de 6 meses a 2 años y multa; de 1 a 4 años si favorece un clima de odio
En internet, más pena: si los hechos se cometen a través de un medio de comunicación, internet o redes sociales y llegan a un elevado número de personas, la pena se impone en su mitad superior. El juez ordenará además retirar los contenidos y, si una web se dedica a difundirlos, bloquearla.

En todos los casos se añade la inhabilitación especial para profesiones educativas, docentes, deportivas y de tiempo libre. Las empresas también pueden ser responsables penalmente, con multa de dos a cinco años.

La agravante de discriminación

Si se comete cualquier delito, por ejemplo unas lesiones, unas amenazas o daños, por motivos racistas u otra discriminación, se aplica una circunstancia agravante que eleva la pena. Se aplica aunque la víctima no tenga realmente la condición que el agresor le atribuía: basta con que actuara por ese motivo.

Negar un servicio por discriminación

  • El particular encargado de un servicio público que niega una prestación a la que alguien tiene derecho por estos motivos: prisión de 6 meses a 2 años, multa e inhabilitación.
  • Quien, en su actividad profesional o empresarial, niega una prestación por estos motivos, como el acceso a un local: inhabilitación de 1 a 4 años.
  • La grave discriminación en el empleo que no se corrige tras requerimiento o sanción administrativa también es delito.

Cómo denunciar

  1. Guarda pruebas: capturas de pantalla con la fecha y la dirección web, mensajes, testigos o grabaciones.
  2. Si hubo agresión, acude a un centro médico y pide el parte de lesiones.
  3. Denuncia en comisaría, en el cuartel de la Guardia Civil, en el juzgado de guardia o ante la Fiscalía, e indica expresamente el motivo discriminatorio.
  4. Si el contenido está en una red social, denúncialo también en la plataforma para pedir su retirada.

Preguntas frecuentes

¿Un insulto racista es delito de odio?

Depende. Un insulto aislado a una persona concreta puede encajar en otros delitos, como las injurias graves, o reclamarse por la vía civil. El artículo 510 exige humillar o incitar contra un grupo o contra alguien por pertenecer a él, y valorar el contexto y la gravedad.

¿Y la libertad de expresión?

Ampara opiniones molestas o críticas. El límite está en incitar al odio, la discriminación o la violencia, o en humillar gravemente a un grupo protegido.

¿Es delito compartir un mensaje de odio?

Difundir material idóneo para incitar al odio está castigado igual que producirlo. Cada caso depende del contenido y de la intención.

¿Y si me han insultado o calumniado sin motivo discriminatorio?

Lee nuestra guía sobre injurias y calumnias.

Normativa y fuentes oficiales

Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.

Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.