Jubilación parcial en 2026: requisitos, contrato de relevo y edad
Cómo combinar una pensión parcial con un trabajo a tiempo parcial antes o después de la edad ordinaria: las dos modalidades, el contrato de relevo, los límites de reducción de jornada y la cotización durante la jubilación parcial.
Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Redacción de Juridísimo
La jubilación parcial permite reducir la jornada de trabajo y cobrar a la vez una parte de la pensión. Es una forma de salida gradual del mercado laboral, pactada con la empresa. Desde 2025 sus reglas cambiaron: se puede anticipar hasta tres años y la reducción el primer año es más limitada. Esta guía explica cómo funciona.
Dos modalidades
| Anticipada | Desde la edad ordinaria | |
|---|---|---|
| Edad | Hasta 3 años antes de tu edad ordinaria | Haber cumplido la edad ordinaria |
| Contrato de relevo | Obligatorio | No es necesario |
| Cotización exigida | 33 años, o 25 con discapacidad del 33 % | La mínima de la jubilación: 15 años |
| Reducción de jornada | Del 25 % al 75 % | Del 25 % al 75 % |
En 2026 la edad ordinaria es de 66 años y 10 meses, o de 65 años si has cotizado al menos 38 años y 3 meses.
Requisitos de la jubilación parcial anticipada
- Trabajar a tiempo completo.
- Tener al menos 33 años cotizados, sin contar pagas extra ni bonificaciones. El servicio militar o la prestación social sustitutoria cuentan con un máximo de un año.
- Seis años de antigüedad en la empresa inmediatamente antes, o en el mismo grupo o empresa anterior si hubo sucesión.
- Reducir la jornada entre un 25 % y un 75 %. Si te adelantas más de dos años, el primer año la reducción debe estar entre el 20 % y el 33 %.
- Que la empresa firme un contrato de relevo.
El contrato de relevo
- Debe ser indefinido y a tiempo completo.
- Debe mantenerse al menos dos años después de que termine la jubilación parcial.
- La base de cotización del relevista no puede ser inferior al 65 % del promedio de las del jubilado parcial en sus últimos seis meses.
- Si el contrato se extingue antes, la empresa debe contratar a otra persona en los mismos términos o devolver la pensión cobrada.
Cotización y trabajo
- En la modalidad anticipada, empresa y trabajador cotizan por la base que correspondería a jornada completa, lo que protege la futura pensión.
- El tiempo de trabajo puede acumularse en días, semanas o meses, por pacto individual o convenio.
- Al cumplir la edad ordinaria, puedes pasar a la jubilación plena.
Qué valorar antes de pactarla
La jubilación parcial se pacta con la empresa, así que conviene prepararla.
- Comprueba tus años de cotización y de antigüedad.
- Calcula cuánto cobrarás en pensión y cuánto en salario con la jornada reducida.
- Pregunta a la empresa si puede formalizar un contrato de relevo.
- Compara con otras fórmulas. Lee nuestras guías sobre la jubilación anticipada y la jubilación activa.
Errores frecuentes
- Dar por hecho que la empresa debe aceptarla.
- No revisar los requisitos de cotización y antigüedad.
- No tener en cuenta las condiciones del contrato de relevo.
- No pedir una simulación a la Seguridad Social.
Preguntas frecuentes
¿La empresa está obligada a aceptarla?
No. La jubilación parcial requiere acuerdo con la empresa, salvo que tu convenio colectivo reconozca un derecho.
¿Cuánto cobro?
Un porcentaje de la pensión equivalente a la reducción de jornada, más el salario por la parte que sigues trabajando.
¿Y los autónomos?
La jubilación parcial está pensada para trabajadores por cuenta ajena y socios de cooperativas. Los autónomos pueden estudiar la jubilación activa.
¿Pierdo algo si después me despiden?
Si se extingue tu contrato a tiempo parcial, consulta tus opciones: podrías tener derecho a prestaciones o a la jubilación plena según tu edad.
¿Puedo cambiar de idea una vez pactada?
Depende de lo acordado y de las condiciones aprobadas. Antes de firmar, asegúrate de que entiendes las consecuencias.
¿Qué pasa con mi pensión final?
La jubilación parcial puede afectar a las cotizaciones y a la pensión definitiva. Pide una simulación a la Seguridad Social.
Normativa y fuentes oficiales
Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.
Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.