Guía práctica · Herencias

Cómo hacer testamento y qué es la legítima

Qué tipos de testamento existen, qué parte de tus bienes puedes dejar libremente, qué corresponde por ley a hijos, padres y cónyuge, y cuándo cabe desheredar.

Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 4 min de lectura · Redacción de Juridísimo

Hacer testamento es la forma de decidir qué pasará con tus bienes y de evitar conflictos a tu familia. En España es un trámite sencillo y asequible, pero tiene un límite importante: no puedes dejar tus bienes a quien quieras sin más, porque la ley reserva una parte a determinados familiares, la llamada legítima. Esta guía explica los tipos de testamento, cómo se reparte la herencia según el Código Civil y cuándo se puede desheredar.

Tipos de testamento

TipoCómo se haceVentajas e inconvenientes
Abierto notarialExplicas tu voluntad al notario, que redacta el testamento y lo firmas ante él.El más seguro y habitual. El notario asesora, comprueba tu capacidad y lo comunica al Registro de Actos de Última Voluntad.
OlógrafoLo escribes entero a mano y lo firmas, indicando año, mes y día.Gratuito y privado, pero puede perderse, impugnarse con facilidad o contener errores. Solo pueden otorgarlo los mayores de edad y debe protocolizarse ante notario en los cinco años siguientes al fallecimiento.
CerradoLo entregas en sobre cerrado al notario, que da fe de la entrega sin conocer el contenido.Mantiene el secreto, pero es poco frecuente.

Pueden hacer testamento todas las personas mayores de catorce años que puedan conformar y expresar su voluntad, aunque sea con apoyos. El testamento es revocable: puedes cambiarlo cuantas veces quieras y prevalece el último válido.

La legítima: lo que la ley reserva a la familia

En el derecho común del Código Civil, que se aplica en la mayor parte de España, la herencia se divide en tercios cuando hay hijos:

  • Tercio de legítima estricta: se reparte a partes iguales entre todos los hijos o, si alguno murió, sus descendientes.
  • Tercio de mejora: puedes repartirlo como quieras, pero solo entre hijos y descendientes (por ejemplo, para favorecer a un hijo o a los nietos).
  • Tercio de libre disposición: puedes dejarlo a cualquier persona o entidad.

Si no hay descendientes, la legítima de los padres o ascendientes es la mitad de la herencia, o un tercio si concurren con el cónyuge viudo. El cónyuge viudo no separado tiene siempre una legítima en usufructo: del tercio de mejora si hay hijos, de la mitad si hay ascendientes o de dos tercios si no hay ni unos ni otros.

Desde 2021, si alguno de los hijos tiene una discapacidad, el testador puede atribuirle también la legítima estricta de los demás hijos, con determinadas garantías para estos.

Si vives en una comunidad con derecho civil propio

La legítima cambia mucho en algunos territorios. En Cataluña, por ejemplo, es una cuarta parte de la herencia; en Navarra rige prácticamente la libertad de testar; en Aragón, el País Vasco, Galicia o Baleares hay reglas propias. Se aplica la ley de la vecindad civil del fallecido, que no siempre coincide con el lugar donde vivía. Si tienes dudas, consúltalo con el notario al otorgar testamento.

Qué puedes incluir en el testamento

  • El nombramiento de herederos y el reparto de los bienes, respetando las legítimas.
  • Legados de bienes concretos a personas determinadas.
  • Un tutor para hijos menores.
  • Un albacea o un contador-partidor que se encargue de repartir la herencia y evite bloqueos.
  • Sustitutos para el caso de que un heredero no pueda o no quiera heredar.
  • El reconocimiento de un hijo o la desheredación de un legitimario con causa legal.

¿Se puede desheredar a un hijo?

Solo por alguna de las causas que enumera el Código Civil, que deben expresarse en el testamento. Para los hijos, entre otras: negar sin motivo legítimo los alimentos al padre o a la madre, maltratarles de obra o injuriarles gravemente de palabra. El Tribunal Supremo ha admitido que el maltrato psicológico grave y continuado, incluido un abandono emocional relevante imputable al hijo, puede encajar en el maltrato de obra. Si el hijo niega la causa, corresponde a los demás herederos probarla. Una desheredación sin causa válida permite al afectado reclamar su legítima.

Consejos prácticos

  • Revisa el testamento tras cambios vitales: matrimonio, divorcio, nacimiento de hijos o compra de bienes importantes.
  • Si estás casado en gananciales, recuerda que solo puedes disponer de tu mitad de los bienes comunes.
  • Si convives en pareja de hecho, el testamento es la herramienta principal para proteger a tu pareja.
  • Avisa a tus familiares de que existe un testamento y ante qué notario lo hiciste.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta hacer testamento ante notario?

Un testamento abierto sencillo tiene un coste reducido, regulado por los aranceles notariales. Aumenta si incluye disposiciones complejas.

¿Puede un matrimonio hacer un testamento conjunto?

En el derecho común no: cada cónyuge debe otorgar su propio testamento, aunque sean de contenido similar. Algunos derechos forales sí admiten testamentos mancomunados.

¿Puedo dejar todo a mi pareja si tengo hijos?

No en el derecho común: los hijos tienen derecho a su legítima. Puedes dejar a tu pareja el tercio de libre disposición y, si estáis casados, el viudo tiene además su usufructo legal.

¿Qué es el testamento vital?

Es un documento distinto, de instrucciones previas sobre cuidados y tratamientos médicos. No tiene que ver con el reparto de los bienes.

Normativa y fuentes oficiales

Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.

Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.