Guía práctica · Herencias

Testamento abierto ante notario: cómo se hace, coste y requisitos

El testamento más habitual en España: pasos ante el notario, documentación, capacidad, testigos, los testamentos excepcionales sin notario en peligro de muerte o epidemia, y cómo se revoca o sustituye.

Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Redacción de Juridísimo

El testamento abierto notarial es el que hace la gran mayoría de personas en España. El testador explica al notario qué quiere, el notario lo redacta conforme a la ley y queda guardado en su protocolo. Es sencillo, barato y difícil de impugnar por motivos de forma. Esta guía explica el proceso.

Quién puede hacerlo

  • Cualquier persona mayor de 14 años.
  • Que pueda conformar o expresar su voluntad, aunque sea con ayuda de medios o apoyos. El notario hace constar que, a su juicio, tiene capacidad para testar.
  • Puede expresar su voluntad de forma oral, por escrito o con cualquier medio técnico o humano.

Paso a paso

  1. Pide cita en una notaría. Puedes elegir notario libremente.
  2. Explica qué quieres dejar y a quién. Conviene llevar los datos de los herederos y, si los hay, de los bienes concretos que quieres legar.
  3. El notario redacta el testamento con lugar, fecha y hora.
  4. Tienes derecho a leerlo tú mismo; además, el notario lo lee en voz alta para que confirmes que refleja tu voluntad.
  5. Lo firmas en el acto. El notario lo incorpora a su protocolo y lo comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad.
  6. Normalmente te entregan una copia. En vida, solo tú puedes obtener copias; tras tu fallecimiento podrán pedirlas los interesados, como los herederos.
Lleva tu DNI, NIE o pasaporte vigente. El notario debe identificarte antes de autorizarlo.

¿Hacen falta testigos?

En general, no. Solo deben concurrir dos testigos idóneos cuando:

  • El testador declara que no sabe o no puede firmar. Uno de ellos firmará a su ruego.
  • El testador o el notario lo solicitan.

Cuánto cuesta

Los notarios cobran según un arancel oficial. Un testamento sencillo, por ejemplo el de un matrimonio que se deja todo entre sí y después a los hijos, suele costar unas decenas de euros por persona. Si hay disposiciones complejas o muchas hojas, el precio sube.

Testamentos abiertos sin notario

SituaciónRequisito
Peligro inminente de muerteCinco testigos idóneos
EpidemiaTres testigos mayores de 16 años

Quedan sin efecto si pasan dos meses desde que el testador sale del peligro o cesa la epidemia. Si muere en ese plazo, hay que acudir al notario en los tres meses siguientes para elevarlo a escritura pública.

Cómo cambiarlo

  • El testamento es siempre revocable, aunque digas en él que no lo cambiarás.
  • Uno posterior válido revoca el anterior, salvo que expreses que quieres mantenerlo en todo o en parte.
  • Al fallecer, el certificado de últimas voluntades indica cuál es el último.

Qué llevar a la notaría

  • Tu DNI, NIE o pasaporte vigente.
  • Los datos de las personas a las que quieres nombrar herederas.
  • Una lista de bienes relevantes, aunque no hace falta detallarlos todos.
  • Las dudas que tengas sobre legítimas, usufructo o sustituciones.

Lee nuestras guías sobre la legítima y el testamento y el certificado de últimas voluntades.

Errores frecuentes

  1. Pensar que puedes disponer libremente de todo sin respetar las legítimas.
  2. Hacer testamento sin actualizarlo tras cambios importantes.
  3. Guardar copias sin decir a tus allegados dónde están.
  4. Confundirlo con el ológrafo. Lee nuestras guías sobre el testamento ológrafo y desheredar a un hijo.
Consejo: pregunta al notario por cualquier duda; está para asesorarte de forma imparcial.

Preguntas frecuentes

¿Puedo dejar todo a quien quiera?

No del todo. Si tienes hijos, descendientes o, en su defecto, padres, debes respetar sus legítimas. Lee nuestra guía sobre la legítima.

¿Es mejor que el ológrafo?

En general, sí: tiene asesoramiento, se conserva en el protocolo y no hay que adverarlo. Compáralo en nuestra guía del testamento ológrafo.

¿Pueden mis hijos saber qué he puesto?

No mientras vivas. El contenido es secreto hasta tu fallecimiento.

¿Puede hacerse un testamento conjunto con mi pareja?

El Código Civil prohíbe el testamento mancomunado: cada uno hace el suyo, aunque sea en la misma cita. Algunos derechos forales, como el aragonés o el navarro, sí lo permiten.

¿Puedo cambiarlo más adelante?

Sí, el testamento es revocable. Un testamento posterior deja sin efecto el anterior en lo que se oponga, según las reglas generales. Consulta con el notario.

¿Cómo sabrán mis herederos que existe?

Se comunica al Registro de Actos de Última Voluntad, que permite solicitar el certificado tras el fallecimiento. Lo recomendable es contárselo a alguien de confianza.

Normativa y fuentes oficiales

Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.

Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.