Phishing y smishing: qué hacer si te han robado dinero del banco
Qué son el phishing y el smishing, los pasos inmediatos tras el engaño, la obligación del banco de devolver los cargos no autorizados, quién debe probar qué, la franquicia de 50 euros, el concepto de negligencia grave, cómo reclamar al banco y al Banco de España, y la denuncia por estafa informática.
Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Redacción de Juridísimo
El phishing es un engaño por correo electrónico que imita a tu banco u otra empresa para robarte claves; si llega por SMS se llama smishing. Si has caído y te han sacado dinero, la ley de servicios de pago te protege más de lo que crees. Esta guía explica qué hacer y cuándo debe devolvértelo el banco.
Qué hacer ya
- Llama al banco para bloquear tarjetas, accesos y operaciones pendientes. Desde que avisas, no respondes de los cargos posteriores, salvo fraude por tu parte.
- Cambia tus claves de banca y de correo electrónico.
- Reclama por escrito la devolución de las operaciones que no autorizaste, indicando fecha, importe y que fueron fruto de un engaño.
- Denuncia en la policía o la Guardia Civil y aporta la denuncia al banco.
- Guarda los mensajes, correos, capturas y el número desde el que te escribieron.
Lo que debe hacer el banco
| Regla | Qué significa |
|---|---|
| Devolución inmediata | Debe devolver la operación no autorizada como tarde al final del día hábil siguiente, salvo sospecha fundada de fraude del cliente comunicada por escrito al Banco de España |
| Carga de la prueba | Es el banco quien debe demostrar que la operación fue autenticada, registrada y sin fallos técnicos |
| Su registro no basta | Que conste el uso de tus claves no prueba por sí solo que la autorizaras ni que fueras gravemente negligente |
| Franquicia | Como máximo puedes soportar 50 euros, salvo fraude o negligencia grave |
| Sin autenticación reforzada | Si el banco no la exigió, solo pagas si actuaste de forma fraudulenta |
La negligencia grave
Si el banco demuestra que actuaste con negligencia grave en la custodia de tus claves, puedes tener que asumir toda la pérdida. Es lo que suelen alegar los bancos cuando el cliente facilitó un código. Que lo sea depende de cada caso: de lo creíble que fuera el engaño, de si imitaba el canal real del banco o de si el banco detectó operaciones anómalas. No aceptes la negativa sin reclamar.
Cómo reclamar
- Al servicio de atención al cliente del banco, que debe responder en 15 días hábiles, o un mes en casos excepcionales.
- Si lo rechaza o no responde, al Banco de España.
- Y, si sigue sin devolverlo, a los tribunales.
Además, el engaño puede ser un delito de estafa, incluida la estafa informática por manipulación o uso de tus datos.
Cómo reconocer un intento de phishing
- Mensajes urgentes que piden claves o códigos.
- Enlaces que no coinciden con la web oficial.
- Remitentes o números extraños.
- Errores de redacción o logos de baja calidad.
- Peticiones de instalar aplicaciones o dar acceso remoto.
Errores frecuentes
- Tardar en avisar al banco.
- Aceptar la primera negativa sin reclamar por escrito.
- No denunciar o no guardar las pruebas.
- Seguir las instrucciones de quien dice ser «de seguridad». Lee nuestras guías sobre la estafa por Bizum y la suplantación de identidad.
Preguntas frecuentes
¿Y si el dinero salió por Bizum?
Lee nuestra guía sobre la estafa por Bizum.
¿Si yo di el código, ya no hay nada que hacer?
No necesariamente. El banco tiene que probar la negligencia grave, y su registro de operaciones no basta por sí solo.
¿Y si han usado mis datos para pedir préstamos?
Es una suplantación. Lee nuestra guía sobre la suplantación de identidad.
¿Cómo reconozco un phishing?
Mensajes urgentes, enlaces a webs parecidas a la del banco y peticiones de claves o códigos. Desconfía de cualquier mensaje que te pida claves completas o códigos de confirmación.
¿Qué documentos necesito para reclamar?
Extractos, capturas de los mensajes, denuncia y la reclamación escrita al banco. Guarda también las respuestas que recibas.
¿Puedo reclamar si no estoy de acuerdo con la respuesta del banco?
Sí. La guía indica que puedes acudir al Banco de España y, después, a los tribunales. Lee nuestra guía sobre la hoja de reclamaciones.
Normativa y fuentes oficiales
Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.
Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.