Guía práctica · Laboral

Carta de despido: qué debe incluir y qué hacer al recibirla

Los requisitos formales de la comunicación del despido disciplinario y objetivo, por qué los hechos deben ser concretos, qué significa firmar «no conforme», cómo se cuenta el plazo de 20 días y qué documentos pedir.

Actualizada el 12 de octubre de 2026 · 3 min de lectura · Redacción de Juridísimo

La carta de despido es el documento con el que la empresa te comunica que extingue tu contrato. Su contenido marca todo lo que vendrá después: si es defectuosa, el despido será improcedente, y en un juicio la empresa no podrá alegar motivos distintos de los que escribió. Esta guía explica cómo revisarla.

Qué debe incluir

Tipo de despidoRequisitos de la carta
DisciplinarioLos hechos concretos que lo motivan, con fechas, y la fecha de efectos. El convenio puede exigir más requisitos.
ObjetivoLa causa concreta, la puesta a disposición de la indemnización de 20 días por año y el preaviso de 15 días o su pago.

Las expresiones genéricas como «bajo rendimiento» o «pérdida de confianza», sin hechos ni fechas, no cumplen la ley y te impiden defenderte.

Requisitos adicionales: si eres representante de los trabajadores o delegado sindical, la empresa debe abrir un expediente contradictorio antes. Si estás afiliado a un sindicato y la empresa lo sabe, debe dar audiencia previa a los delegados sindicales.

¿Debo firmarla?

  • Firmar solo acredita que la has recibido y en qué fecha, no que estés de acuerdo. Escribe «recibido, no conforme» junto a la firma y la fecha.
  • Si te niegas a firmar, la empresa puede entregarla ante testigos o enviarla por burofax. El despido sigue siendo efectivo.
  • No firmes en el mismo acto un finiquito que diga que no tienes nada más que reclamar sin revisarlo antes.

Si la carta es defectuosa o no existe

  • Un despido sin carta o con una carta que no cumple los requisitos es improcedente.
  • La empresa puede corregir el defecto con un nuevo despido en los 20 días siguientes, pagándote los salarios intermedios.
  • Si te despiden de palabra o te impiden entrar al trabajo, es un despido tácito o verbal. Déjalo acreditado con testigos o mensajes y reclama en plazo.

Qué hacer al recibirla

  1. Comprueba la fecha de efectos: desde el día siguiente cuentas los 20 días hábiles para reclamar.
  2. Pide el certificado de empresa, el finiquito y, en el despido objetivo, la indemnización.
  3. Solicita el paro en los 15 días hábiles siguientes.
  4. Consulta con un laboralista y presenta la papeleta de conciliación si no estás conforme.

Lista de comprobación al recibirla

  1. ¿Indica hechos concretos con fechas, o solo expresiones genéricas?
  2. ¿Consta la fecha de efectos?
  3. Si es objetivo, ¿se ha puesto a disposición la indemnización y se ha dado preaviso o su pago?
  4. ¿Eres representante o delegado sindical, o conoce la empresa tu afiliación? Hay trámites previos.
  5. ¿La fecha de entrega coincide con la de la carta?

Haz una copia o una foto de la carta y apunta la fecha en que la recibiste.

Errores frecuentes

  1. Firmar sin escribir «recibido, no conforme».
  2. Firmar el finiquito como saldo total sin revisarlo. Lee nuestra guía sobre el finiquito.
  3. No contar el plazo de veinte días hábiles desde el despido.
  4. Perder mensajes, cartas o correos relacionados con el despido.
Importante: el plazo para reclamar es breve. Lee nuestra guía sobre la papeleta de conciliación y consulta con un abogado laboralista o tu sindicato cuanto antes.

Preguntas frecuentes

¿Vale una carta de despido por WhatsApp o correo?

Puede admitirse si queda acreditado su contenido y su recepción, pero es más fácil de discutir. Guarda el mensaje.

¿Puede la empresa añadir motivos después?

No. En el juicio solo puede probar los hechos que constan en la carta.

¿Y si la carta tiene una fecha anterior a la entrega?

El despido no puede tener efectos retroactivos. El plazo para reclamar cuenta desde que se produce efectivamente.

¿Qué diferencia hay con una baja voluntaria?

En la baja voluntaria eres tú quien se va y no tienes paro ni indemnización. Lee nuestra guía sobre la baja voluntaria.

¿Puede la empresa entregarme la carta sin que yo esté presente?

La guía indica que puede entregarla ante testigos o enviarla por burofax si te niegas a firmar. El despido sigue siendo efectivo. Lee nuestra guía sobre el burofax.

¿Qué hago si no me dan carta?

Un despido sin carta es improcedente según la guía. Deja constancia con mensajes o testigos y reclama en plazo. Consulta con un abogado laboralista.

Normativa y fuentes oficiales

Textos consolidados y organismos consultados para preparar esta guía. Las normas cambian: comprueba siempre la versión vigente.

Información general, no asesoramiento. Juridísimo no es un despacho de abogados. Esta guía explica la normativa estatal de forma divulgativa; los plazos y requisitos pueden variar según tu comunidad autónoma, tu situación concreta o cambios legales posteriores. Antes de tomar una decisión, consulta con un abogado colegiado o con el servicio de orientación jurídica de tu colegio de la abogacía.